
VISAS PARA NO-INMIGRANTE, A-V
In English
A-1: Esta visa es para los embajadores, ministros públicos, oficiales de los consulados y los esposos, hijos y padres de estas personas.
A-2: Esta visa es para personas empleadas por gobiernos extranjeros y oficiales acreditados de sus gobiernos y los esposos, hijos y padres de estas personas.
A-3: Esta visa es para las personas de servicio a oficiales y empleadores con visas A-1 o A-2 y los esposos, hijos y padres de estas personas.
B-1: Esta visa es para un máximo de 6 meses para personas que entran a los EEUU por razones de negocio como: consultar un cliente, reuniones con asociados de negocio, y asistir a conferencias profesionales, científicas o religiosas. Los que viajan a los EEUU con visa B-1 no pueden recibir salario de un empleador en los EEUU, pero si pueden recibir dinero para cubrir sus gastos mientras que esta en los EEUU.
B-2: Esta visa es para un máximo de 6 meses para personas que entran a los EEUU por razones de descanso o vacaciones como: turismo, placer, para visitar amigos o familiares, descanso, para recibir tratamientos médicos y otras actividades de servicio o sociales. La visa B-2 también puede ser obtenida por una pareja no casada (incluyendo parejas del mismo sexo) de una persona con visa E, H, o L. La visa lo permite acompañar su pareja durante su estadía en los EEUU.
C: Esta visa es para personas que transitan continuamente a los EEUU. La visa C es frecuentemente usada por personas quienes entran a los EEUU como miembros de una tripulación de un barco.
D: Esta visa es para personas que son miembros de la tripulación de un barco internacional o aerolínea y le permite quedarse en los EEUU por no mas de 29 días.
E-1: Esta visa es por un periodo indefinido usado por personas que hacen bastante comercio entre los EEUU y su país de origen. Además, el gobierno tiene un Tratado para proveer esta visa.
E-2: Esta visa es por un periodo indefinido para personas que desarrollan y dirigen las operaciones de una empresa donde tienen altas inversiones de capital. Además, el gobierno tiene un Tratado para proveer esta visa.
F-1: Esta visa es para personas que han sido aceptadas a un programa de estudio o de idiomas por tiempo completo. Solicitantes para esta visa tiene que comprobar que tienen suficiente ayuda financiera para pagar sus gastos educativos y vivienda. Además deben mantener su residencia al extranjero, y no pueden trabajar mas de 20 horas a la semana en un trabajo en la institución de educación o pasar mas de un ano en practica en los EEUU después de terminar su programa educativo. El gobierno americano puede prolongar su estadía si el estudiante sufre una dificultad económica después de entrar a los EEUU.
G: Esta visa es para representantes de organizaciones internacionales como las Naciones Unidas y el Banco Mundial.
H-1B: Esta visa es para trabajadores con cierta técnica, incluyendo modelos de moda y profesionales que tienen una licencia para practicar su carera en los EEUU.
H-1C: Esta visa es para enfermeras profesionales.
H-2A: Esta visa es para trabajadores en agricultura que vienen temporalmente o por una estación.
H-2B: Esta visa es para personas quienes entran a los EEUU para trabajar temporalmente o por una estación, en el sector no-agrícultural, y si otras personas no califican para hacer este trabajo en los EEUU.
H-3: Esta visa es para personas que participan en un entrenamiento de trabajo. Para calificar por esta visa de entrenamiento que no es disponible en su país, pero la persona tampoco puede remplazar a un americano de su trabajo.
H-4: Esta visa es para los esposos e hijos de personas con visa H-1, H-2, o H-3.
I: Esta visa es para representantes de la prensa extranjera, sea de radio, de la industria cinematográfica, u otro servicio de noticias internacionales. Las visas I son para estadías de máximo un ano.
J: Esta visa es para personas obteniendo una práctica, estudiantes, profesores de universidad, médicos del extranjero, los au pair, y estudiantes de verano en programas de estudio y viaje. Algunas personas que vienen con visa J tienen que regresar al país de su última residencia por dos anos después de que la visa expire, antes de poder obtener otra visa para venir a los EEUU.
Aunque es difícil, es posible obtener un perdón para la obligación de regresar a su país de última residencia en los siguientes instantes: si puede probar que ha sufrido persecución en su país de origen y tiene miedo de regresar, o si su esposo/a o hijo/a sufrirá dificultades excepcionales si tiene que regresar, o si permitiendo el perdón esta en el interés de los EEUU y su país de origen no tiene objeción al perdón.
K-1: Esta visa es para el prometido/a de un ciudadano americano. Las personas que entran con visa K-1 deben casarse entre los primeros 90 días después de su entrada. La visa K-2 esta disponible para los hijos/as menores de edad de personas con visa K-1.
K-3: Esta visa es para personas casadas con un/a ciudadano americano que ha solicitado la residencia permanente pero que hasta el momento no lo ha recibido.
L-1A: Esta visa es para personas que han trabajado por un ano o mas en los últimos tres anos para una empresa afiliada o filial de una empresa americana. La visa requiere que el trabajador sea ejecutivo o director de la empresa y es autorizada por el máximo de 7 anos. Además, la persona tiene que estar entrando a los EEUU para trabajar por el mismo empleador, o su afiliado o filial.
L-1B: Esta visa es para personas quienes han trabajado por lo menos un ano de los últimos 3 anos para una compañía subsidiaria o afiliada a una empresa americana al extranjero. La visa requiere trabajadores especializados en la materia y es dada por un máximo de 5 anos. Los solicitantes deben buscar entrar a los EEUU a continuar su trabajo para la misma compañía o afiliado o subsidiario.
M: Esta visa es para estudiantes que intentan buscar un estudio vocacional o técnico. La autorización de empleo para estas personas en estudio práctico esta limitado a 6 meses. Los estudiantes no pueden cambiar a visa de estudiante, F-1 o a visa de trabajador temporal H-1B si su solicitud para la visa H-1B es basada por el entrenamiento que recibió en estatus M.
O: Son para individuos con habilidades particulares en ciencia, arte, educación, negocios, o atléticos, quienes sobresalen altamente en sus carreras. Para obtener esta visa, el solicitante debe establecer su conocimiento en dicha carrera e incluir la opinión de una importante organización en esta materia, si esta organización existe.
P: Esta visa es para atletas, individualmente o como parte de un grupo internacionalmente reconocido a un nivel de competencia. La visa P también esta disponible para personas que independientemente trabajan o hacen parte de un grupo de entretenimiento internacionalmente reconocido.
Q: Esta visa es para personas quienes hacen parte de un grupo cultural de intercambio internacional, con el propósito de proveer entrenamiento práctico de enseñar o compartir historia, cultura y tradiciones de su país de origen. Visas Q tienen un permiso de permanencia por no más de 15 meses.
Q-2: Estas visas son disponibles para personas de menos de 35 anos provenientes del Norte de Irlanda o de los municipios Louth, Monaghan, Cavan, Leitrim, Sligo, y Donegal en la Republica de Irlanda. Estas visas tienen el propósito de dar entrenamiento, empleo y experiencia para aprender a convivir y solucionar conflictos. Visas Q-2 tienen un permiso de permanencia por no más de 36 meses.
R: Estas visas son disponibles para personas que trabajar en actividades religiosas como sacerdotes, misioneros, y locutores. Los solicitantes para la visa R deben ser miembros de denominaciones religiosas legalmente establecidas en los EEUU por los menos 2 anos antes de que la visa sea solicitada. No es necesario que el solicitante sea empleado de dicha denominación religiosa antes de hacer la solicitud. Visas R tienen un permiso de permanencia por no más de 5 anos.
S-1: Estas visas son disponibles para personas quienes quieren participar y proveer información a las autoridades policiales en investigación de crimines organizados. El solicitante debe ser parte integral de la investigación determinado por el Fiscal de los EEUU.
S-2: Estas visas son disponibles para personas quienes quieren informar a las autoridades policiales sobre las organizaciones terroristas; estando en peligro por tener esta información; y estar designado elegible para esta visa por el Secretario de Estado de los EEUU y el Fiscal de los EEUU.
T: Estas visas son disponibles para victimas de el trafico humano por la industria de prostitución internacional, servicio involuntario y esclavitud, quienes aceptan asistir a la investigación en tal trafico (o quienes son menores de 15 anos) y sufrirán extremas dificultades si son deportados de los EEUU.
U: Estas visas son disponibles para personas que han sido victimas de violación, tortura, trafico humano, incesto, violencia domestica, asalto sexual, contacto abusivo sexual, prostitución, explotación sexual, mutilación de los genitales féminas, victimas de secuestro, comercio de esclavas, servicio involuntario, abducción de menores, encarcelamiento ilegal, encarcelamiento falso, chantajes, extorsión, homicidio involuntario, homicidio, asalto ilegal, obstrucción de testigos, obstrucción de justicia, perjurio, o victimas de un atentado, conspiración, o solicitación en cualquiera de los crímenes mencionados en esta, poseer información concerniente a estos crímenes, proveer esta información, y violar las leyes de lo ocurrido dentro y fuera de los EEUU o el territorio americano.
V: Esta visa es disponible para la esposos/as e hijos/as de residentes permanentes de los EEUU quien han solicitado la petición para la visa de residencia por ellos, y donde la solicitud esta pendiente mas de 3 anos, o ha sido aprobada pero el estatus legal no ha sido aprobado.
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